RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE DE UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS (PARTE II)

Entre las diversas actuaciones que adquiere la figura del presidente de la Comunidad se pueden acoger a la responsabilidad del mismo la contratación de un seguro sin respetar el acuerdo de la Comunidad o por la ausencia del mismo. También se incluiría la resolución unilateral del contrato de mantenimiento de ascensores, sin acuerdo previo de la comunidad de propietarios, o la ocultación, al resto de copropietarios, de una cláusula de un contrato firmado con un proveedor, lesiva para los intereses comunes.

Destacar que si el Presidente no actúa con diligencia, o bien, no ejerce sus funciones ocasionando un perjuicio a la Comunidad, estaríamos ante un claro hecho de responsabilidad exigible.

Actualmente el seguro multirriesgo de comunidades de propietarios carece de cobertura para la responsabilidad del Presidente.

Por esta razón se han analizado 200 pólizas de seguro multirriesgo de comunidades de propietarios contratadas con diversas aseguradoras en comunidades de Castilla-León, Castilla-La Mancha, Madrid, Galicia, Aragón y La Rioja, con intervención mediadora de agentes de las propias compañías. La respuesta obtenida en el mercado asegurador ante el seguro del Presidente es insuficiente debido a que únicamente dos compañías ofrecen una cierta cobertura personalizada, con serias lagunas en ambos casos ante situaciones de conflicto de intereses y sumas aseguradas claramente insuficientes.

Pese a la falta de oferta de garantías específicas o complementarias que presten apoyo a la figura del Presidente de la Comunidad de Propietarios en sus funciones, como expertos conocedores del sector ofrecemos a nuestros clientes protección jurídica  y soluciones mediante cláusulas especiales y particulares independientes al seguro multirriesgo, además de la adaptación del seguro de directivos y consejeros para los supuestos en los que sea aplicable.

José Silva. Administrador de Fincas y Director Técnico de José Silva Corredurías de Seguros.

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